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Perpetua y cárcel común para los responsables de los "vuelos de la muerte" en Campo de Mayo

El Tribunal Oral Federal 2 de San Martin condenó a prisión perpetua a cuatro integrantes del Ejército del Batallón de Aviación 601, que ejercieron cargos jerárquicos entre 1976 y 1977, considerándolos responsables de los "vuelos de la muerte" perpetrados desde Campo de Mayo.

5 de julio de 2022

El Tribunal Oral Federal 2 de San Martin condenó a prisión perpetua a cuatro integrantes del Ejército del Batallón de Aviación 601, que ejercieron cargos jerárquicos entre 1976 y 1977, considerándolos responsables de los "vuelos de la muerte" perpetrados desde Campo de Mayo.

Esta sentencia marca un hito al reconocer que los aviones despegaban desde "El Campito" para arrojar personas hacia el Río de la Plata o el mar.

Los jueces Walter Venditti, Esteba Rodríguez Eggers y Matías Mariani, encontraron culpables de allanamiento ilegal y secuestro, tormentos y homicidios a los ex militares Luis del Valle Arce, Delsis Ángel Malacalza, Eduardo Lance y Santiago Omar Riveros. Además de la prisión perpetua, indicaron cárcel común si los estudios indicados así lo permiten. Así mismo pidieron al Ministerio de Justicia que los incorpore al sistema de vigilancia electrónica con dispositivos de geolocalización.

En cuanto a Riveros, quien entonces estaba al mando de todo lo sucedido en Campo de Mayo, ésta fue su condena número 16 a prisión perpetua, pero aún no es efectiva por otra causa que tramita en Comodoro Py.

Si bien en 2017 hubo condena a unos 30 militares por los vuelos de la muerte, dentro de los que estuvieron incluidos Alfredo Astiz y Jorge Acosta, en este caso las sentencias reconocen los sucesos en Campo de Mayo, ejercidos por el Ejército. Al respecto Pablo Llonto, abogado querellante dijo "es una sentencia muy importante" por ser "la primera sentencia sobre vuelos de la muerte del Ejército".

Este juicio que inició el 5 de octubre de 2020 trabajó sobre los casos de Rosa Eugenia Novillo Corvalán, Roberto Ramón Arancibia, Adrían Enrique Accrescimbeni y Juan Carlos Rosace, a quienes durante la última Dictadura Cívico Militar los transportaron a "El Campito", los torturaron, los subieron a aviones adormecidos con drogas y luego los arrojaron desde el aire al mar. Sus cuerpos fueron hallados en la costa alrededor de 150 km de la Capital.

La resolución de la causa fue posible por el relato de muchos ex conscriptos que entonces realizaban "la colimba" en Campo de Mayo, que aportaron sus declaraciones. Así probaron la sistematización y planificación de la eliminación de miles de personas.

La mayoría de los testimonios indicaron que los detenidos llegaban en vehículos no oficiales, conducidos por personas de civil, eran llevados a la pista de aterrizaje y subidos a aviones estacionados. En los vehículos transportaban tanto bolsas con cadáveres, como personas con signos de haber estado en cautiverio, ensangrentados.

Por otra parte, el Tribunal instruyó a la jueza de primera instancia, Alicia Vence a investigar en profundidad sobre quienes fueron pilotos y copilotos de esos vuelos de la muerte.

Además, los jueces remitieron las condenas al Grupo Clarin, a fin el medio rectifique una nota publicada el 24/11/1977 que tituló "Buscan a familiares de dos niños abandonados". Esos niños eran los hijos de Arancibia y su compañera María Eugenia Zago, secuestrados ambos el mismo día dejando a los niños solos y luego remitidos a un hogar.

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